viernes, 29 de marzo de 2013

Tribunal Ciudadano de Justicia

Concentración, charla y puesta en marcha con el grupo de Madrid hoy Viernes 29 de Marzo a las 19:00 en CSA La Higuera



El abuso sistemático cometido por el sector de la banca no ha tenido límites y sus responsables han quedado escandalosamente impunes y han supuesto la ruina de muchas familias y el endeudamiento del país entero. Desahucios, ahorros perdidos, deuda privada convertida en pública, recortes sociales para devolver la deuda y mientras ellos; los gestores de las cajas, han conseguido retiros dorados y pensiones vitalicias. Los bancos han sido rescatados con dinero público.


El precio que han tenido que pagar los responsables de la estafa inmobiliaria y el de las víctimas de la misma, es claramente desigual.




El gobierno, en vez de exigir responsabilidades, calla y omite ejercer sus funciones, actuando al dictado de los delincuentes y los especuladores.



El propósito del Tribunal Ciudadano de Justicia (TCJ) es hacer pagar con su propio patrimonio e incluso con la cárcel a los gestores de los Bancos y de las Cajas de Ahorro por los abusos cometidos en torno a la Burbuja Inmobiliaria.

Este grupo pretende que la denuncia sea conocida, comprendida y respaldada por todo el conjunto de la población por lo que han iniciado una estrategia de difusión y expansión de su modelo de lucha hacia todas las asambleas del Estado español, comenzando por Madrid. Para llevar a buen puerto los objetivos, afirman, es imprescindible obtener el apoyo masivo de todo el conjunto de la población.

Las sobretasaciones inmobiliarias.


Lasempresas tasadoras, generalmente propiedad del banco, aumentaron la tasación de los pisos objeto de la compra. Cuanto más alto era el valor de la tasación, mayor importe se podía conceder en el préstamo, en el que se incluía ya no solo el importe de la compra del piso, sino los gastos notariales, de registro, los impuestos y las comisiones del gestor entre otras cosas. De esta manera, se eliminaba la necesidad de aportar lo que comúnmente se conocía hasta el momento como la “entrada del piso”; esto es, el ahorro previo que tradicionalmente se le exigía al comprador para que le fuera concedida la hipoteca y que generalmente suponía un 20% del importe de la compra.

Los miembros del Tribunal Ciudadano denuncian la falta de voluntad política a la hora de investigar las prácticas ilegales que se han llevado a cabo durante el periodo en que se fraguó la burbuja inmobiliaria, y son especialmente tácitos en señalar las sobretasaciones inmobiliarias como la pieza clave que dio lugar a la estafa de la deuda. Esta práctica no solo permitía que las comisiones de los banqueros fueran cada vez de mayor cuantía, sino que además permitían que los préstamos concedidos siguieran cumpliendo las condiciones necesarias para constituir nueva deuda respaldada por estos y así poder venderla en los mercados internacionales mediante Cédulas Hipotecarias. La condición fundamental para la emisión de esa nueva deuda era que el importe concedido de los préstamos no superara el 80% del valor de tasación. Así se cumplía con la condición necesaria para emitir más deuda y además los gestores de los bancos seguían cobrando ingentes cantidades de dinero vía comisiones.

El delito: ESTAFA

CÓDIGO PENALArtículo 248.


Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.




También se consideran reos de estafa:

  • Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
  • Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
  • Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.Artículo 249.
  • Los reos de estafa serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años, si la cuantía de lo defraudado excediere de 400 euros. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción.
  • Los miembros del Tribunal lo explican de la siguiente manera “si la deuda contraída por los Bancos y Cajas a través de las Cédulas Hipotecarias era fraudulenta por el asunto de las sobretasaciones; y por otro lado, el Estado se ha endeudado para que Cajas y Bancos sean capaces de devolver esa deuda;
  • entonces los ciudadanos tenemos derecho a denunciar a esos gestores y reclamar sobre sus patrimonios personales por todo el perjuicio originado. Podemos incluso llevarles a la cárcel”, afirman. “Queremos determinar las responsabilidades civiles y de carácter patrimonial que correspondan”.



Para la consecución de este propósito, desde el TCJ se propone seguir una serie de pasos que detallan en una HOJA DE RUTA dividida en siete fases:

  1. Creación de la Estructura:Para la consecución de los objetivos y la concreción de las acciones, es necesaria la creación de una estructura organizativa en torno a Grupos de Trabajo. Las personas que deseen colaborar se integrarán en el Grupo de trabajo que más les interese ya sea el de Fiscal, Coordinación, Comunicación o Jurado. Pueden contactar escribiendo atribunalciudadanodejusticia@gmail.com

  2. Fase Informativa: El TCJ pretende que todas aquellas personas que se consideren afectadas por la sobretasación de sus pisos tengan conocimiento de su condición de perjudicados/as, y puedan colaborar aportando la documentación necesaria para realizar la denuncia colectiva. Se intentará entrar en contacto con todas aquellas organizaciones dedicadas a luchar contra los abusos de los bancos y cajas, que puedan ayudar aportando información y pruebas. Además, se intentará recabar la colaboración de los gobiernos de las personas migrantes que se hayan visto afectadas.

  3. Fase de Prueba:Se inicia una fase para la recogida de las pruebas necesarias. Esta recogida se realizará de forma selectiva y sistemática a través de la entrega de la misma por parte de los afectados.

  4. Fase de CONCLUSIONES: A partir de las pruebas recogidas se redactarán las conclusiones generales de la información, a) de carácter económico, cuantificando los daños y perjuicios documentados y b) de carácter jurídico, calificando las conductas que puedan ser constitutivas de delito y señalando a sus autores.

  5. Constitución del Jurado Ciudadano:En Madrid se constituirá un JURADO CIUDADANO, siguiendo las directrices del grupo de trabajo constituido para este fin. Cada una de las asambleas de barrios y pueblos, y grupos de trabajo de Madrid del 15M, elegirán entre sus participantes un máximo de 5 personas, a fin de que participen en el sorteo por el que se elegirá a los 20 miembros del jurado y a sus 20 suplentes. El sorteo se celebrará en sesión pública previamente anunciada.

  6. Juicio Ciudadano: A partir de que se produzcan las Conclusiones Generales, con el objeto de promover la difusión del TCJ y acrecentar la movilización en Madrid se llevará a cabo un JUICIO CIUDADANO con el Jurado Ciudadano previamente constituido.

  7. Manifestación / Concentración:Tras la realización del Juicio Ciudadano, se convocará una MANIFESTACIÓN/CONCENTRACIÓN multitudinaria ante el edificio de los juzgados competentes, en la que se hará entrega de una denuncia en la que se recogerán las Conclusiones Generales y la documentación obtenidas a lo largo de la investigación.Se propone que dicha movilización se reproduzca el mismo día en todos aquellos territorios donde también se haya constituido el TCJ.




1 comentario:

isaprospe dijo...

¡Animo, con la colaboración de todxs Si Podemos Lograr señalar a los culpables de esta crisis estafa y obligarlos a que paguen por ello!